Vertedero Ilegal

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Asociación Ecologista Condor

 

EL GRUPO ECOLOGISTA CÓNDOR DENUNCIA VERTEDEROS ILEGALES EN EL PARQUE NATURAL DE CABO DE GATA
 

La Asociación Ecologista Cóndor ha denunciado ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería y de las delegaciones provinciales de Medio Ambiente y Sanidad la existencia de vertederos incontrolados situados en el término municipal de Níjar, uno de ellos en el interior del Parque Natural de Cabo de Gata y el otro justo en sus límites.

En concreto, los ecologistas denuncian la existencia de un vertedero de residuos sólidos urbanos y de escombros situado en la rambla a su paso por la barriada de Las Hortichuelas.

Esto ocurre, denuncia la Asociación, a pesar de que el término municipal de Níjar tiene un servicio regular de basura, que transporta y deposita en el vertedero comarcal que existe junto al mismo pueblo. Por tanto, considera incomprensible e ilógica la existencia de dicho vertedero.

Además, señalan que junto al mismo y por toda la zona existen también vertederos de diversa índole en los que la población ha ido depositando distintos residuos, tales como electrodomésticos, muebles, escombros de obras, etc.

La zona afectada se encuentra dentro de los límites del Parque Natural de Cabo de Gata, según Ley 2/1989, de 18 de Julio, por la que se aprobó el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, y se establecieron medidas adicionales para su protección, apuntan los ecologistas en su denuncia.

Asimismo, el Decreto 418/1994, de 25 de Octubre, por el que se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cabo de Gata, estableció medidas de protección, entre otras cosas, sobre vertidos de basuras y escombros.

El segundo vertedero incontrolado de residuos sólidos urbanos se encuentra en la barriada de Campohermoso, concretamente en la rambla de El Artal, que hay a la salida de esta localidad, en dirección a Fernán Pérez.

La Asociación Ecologista Cóndor argumenta que la Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos, atribuye de forma genérica a las entidades locales, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y la eliminación de los residuos urbanos.

Asimismo, afirman que es competencia de las entidades locales, como servicio obligatorio, la recogida, el tratamiento, el transporte y, al menos, la eliminación de los residuos urbanos, en la forma en que establezcan las respectivas Ordenanzas. Por estos motivos, han presentado sendas denuncias contra el Ayuntamiento de Níjar.

De hecho, los ecologistas afirman que la Confederación Hidrográfica del Sur les ha respondido dándoles la razón y asegurando que ha instado al Ayuntamiento para que selle el vertedero situado en la rambla.

La Asociación Ecologista Cóndor añade que la Ley dice claramente “que todo depósito o vertedero de residuos sólidos urbanos que no haya sido previamente autorizado será declarado clandestino e inmediatamente clausurado.

 


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